sábado, 9 de mayo de 2009

INCOTERMS

Los Incoterms son términos utilizados mundialmente en el comercio exterior, creados por la Cámara de Comercio Internacional de París, que deben ser estrictamente aceptados por el Importador o Exportador para definir las condiciones de un contrato.

Los siguientes incoterms son utilizados en todas las modalidades de transporte (Aereo, Maritimo, Terrestre, Fluvial):

EXW, FCA, CPT, CIP, DDU, DPT.

Para el transporte aéreo se utiliza : FCA

Para el transporte por Ferrocarril y Terrestre : FCA y DAF.

Para el transporta marítimo, fluvial y lacustre : FAS, FOB, CFR, CIF, DES, DEQ.

Breve reseña del significado de cada incoterm :
EXW, también llamado EN FABRICA, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercadería, en su establecimiento a disposición del comprador.

FCA, también llamado FRANCO TRANSPORTISTA, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando la ha puesto, despachada de aduana para la exportación, a cargo del transportista nombrado por el comprador, en el lugar o punto fijado.

CPT, también llamado TRANSPORTE PAGADO HASTA, significa que el vendedor paga el flete del transporte de la mercadería hasta el destino mencionado.

CIP, también llamado TRANSPORTE Y SEGURO PAGADOS HASTA, significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el CPT, pero incluyendo además un seguro para cubrir cualquier riesgo que pueda ocurrir a la mercadería durante el transporte. El vendedor contrata el seguro y paga la respectiva prima.

DDU, también denominado ENTREGADA DERECHOS NO PAGADOS, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando ha sido puesta a disposición en el lugar convenido del país de importación.

DPT, también denominado ENTREGADA DERECHOS PAGADOS, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercadería cuando ha sido puesta a disposición en el lugar convenido del país de importación.

DAF, también denominado ENTREGADO EN FRONTERA, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha entregado la mercadería, despachada a aduana para la exportación, en el punto y lugar convenidos de la frontera, pero antes de la aduana fronteriza del país conlindante.

FAS, también denominado FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE, significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía ha sido colocada al costado del buque, sobre el muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenido.

FOB, o también llamado FRANCO A BORDO, significa que el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. A partir de este punto todos los gastos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía son de absoluta responsabilidad del comprador.

CFR, también llamado COSTO Y FLETE, significa que el vendedor ha de pagar los gastos y el flete necesarios para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido. El riesgo de pérdida o daño de la mercadería, asi como cualquier gasto adicional debido a acontecimientos ocurridos después de la entrega de la carga o mercadería son transferidos del vendedor al comprador a partir de que esta traspasa la borda del buque en el puerto de embarque.

CIF, también llamado COSTO, SEGURO Y FLETE, significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo el incoterm CFR, además ha de conseguir seguro marítimo de cobertura de los riesgos del comprador de pérdida o daño de la mercadería durante el transporte. El vendedor contrata el seguro y paga la prima correspondiente.

DES, llamado también ENTREGADA SOBRE EL BUQUE, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador a bordo del buque, en el puerto de destino convenido, sin despacharla a aduana para la importación.

DEQ, denominado también ENTREGADA EN MUELLE, significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercadería a disposición del comprador sobre el muelle en el puerto de destino convenido, despachada en aduana para la importación.

1 comentario:

  1. Disculpem, en Ecuador cual es el INCOTERM que se usa para exportar petroleo y banano

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